Legítima defensa
El lunes pasado cerca de la medianoche, Denilson Gonzáles, un joven trabajador del municipio de Villa María del Triunfo (VMT), se dirigía a su centro de labores cuando fue asaltado por tres delincuentes a bordo de un carro robado.
Gonzáles, que hizo Servicio Militar Voluntario, portaba un arma legal, se defendió y abatió a uno de los malhechores e hirió a otro. Inmediatamente llamó a la comisaría del distrito.
Cuando fue conducido a la Depincri (Departamento de Investigación Criminal) de VMT, el comandante jefe de esa unidad, con buen criterio, y en aplicación de las leyes vigentes, no detuvo a Gonzáles ni lo recluyó en el calabozo, sino que lo mantuvo en una sala para realizar las investigaciones del caso. Es lo correcto, pero desgraciadamente no es lo que ha venido ocurriendo.
Ahora, con las nuevas leyes aprobadas por el Congreso, los ciudadanos que hacen uso de un arma para defenderse de un asalto o una agresión, no deben ser encarcelados, ni enjuiciados, menos aún sentenciados, como lamentablemente ha ocurrido antes.
La ley vigente (N° 32026 del 16/5/24), establece que está exento de responsabilidad penal el que obra en legítima defensa y que no procede la prisión preventiva en esos casos.
Y la ley que devuelve la investigación preliminar a la policía (N°32130 del 10/10/24), habilita a la PNP a realizar las indagaciones rápidamente y a emitir un informe (atestado) con las conclusiones. Naturalmente, luego de eso, la fiscalía tiene que asumir la conducción jurídica.
En el caso de Denilson Gonzáles, la información que recibí cuando lo visité en la Depincri de VMT la mañana siguiente a los hechos, fue que la fiscalía quería pedir inmediatamente prisión de 15 días para el muchacho, que es sostén de su madre enferma y estudia abogacía después cumplir su horario laboral. Pero luego de establecerse la vigencia de las leyes mencionadas, y del informe policial, pudo salir antes de 24 horas del incidente.
Naturalmente, había que realizar investigaciones, comprobar que había disparado, revisar los videos, recibir manifestaciones de los testigos, etc. Pero de ninguna manera encerrar a un ciudadano que hizo uso legítimo de su derecho a la defensa.
Es de esperar que la fiscalía archive lo más pronto posible el caso y no someta a Gonzáles a un tortuoso proceso que dura años y que consume tiempo y dinero del agraviado. Y que, además, produce la sobrecarga del sistema judicial, cuya responsabilidad recae muchas veces en los mismos magistrados que, en lugar de terminar rápidamente casos evidentes como este, lo alargan eternamente, consumiendo inútilmente recursos del Estado, necesarios para luchar eficazmente contra la delincuencia.
Otrosí digo. El Gobierno promulgó la ley de amnistía a militares, policías y CAD (N° 32419 del 14/8/25). Una derrota de los herederos del terrorismo y sus aliados, una reivindicación de los que derrotaron al terrorismo entre 1980 y 2000. Hay que hacerla cumplir, dado que magistrados politizados y prevaricadores ya han anunciado su rebeldía.
¡Avanzamos!
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